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El sótanu del paraísu... 
Escrito por Sumiciu el llunes, 25 febreru de 2008

El ring es el centro de la escena, estudiado al milímetro por los contrincantes que se miran uno en cada esquina.

Un juez de lujo, tranquilo, correcto, bien domado y que cortará antes de que se derrame el primer sucedaneo de sangre.

Dos contrincantes que hacen que el medio se centre en ellos mismos, desheche el exterior y centre la emoción del devenir de los minutos en un desenlace conocido. Cada uno con su color, perfectamente disfrazados, conocen su papel, saben que hacer para ganarse a su público que los corea como santos devotos de una fe escueta.

El campanazo, comienza el baile, una coreografía perfecta...sin sangre, solo el aceite impreso en piel guarda algún simulacro de sudor. Cada pelo milimétricamente en su sitio.

Declaran al ganador...tras la ejecución de la coreografía perfectamente aplicada.

Tras la cámaras ambos camaradas invierten rivalidad y comentan entre risas la jugada, ha sido un éxito de crítica y publico y se juegana los chinos quien llevará el papel de vencedor en la próxima performance...afuera la gente grita como loca mientras se corre el telón de un estúpido teatro.

Y yo, cada vez que lo veo, me pregunto si cada vez se esfuerzan menos o es que los años me traicionan la ingenuidad.


Lunes 25 de febrero de 2008, millones de almas contemplan en multidifusión el gran combate. Otros nos refugiamos en la lírica haciéndonos creer que, al menos, nos queda la palabra.

No se quede atrás, elija a su héroe.
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Escrito por Sumiciu el domingu, 24 febreru de 2008

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Escrito por Sumiciu el domingu, 10 febreru de 2008



Desde hace ocho meses, el spot de Amnistía Internacional “El Poder de Tu Voz” no se puede emitir en los canales nacionales de televisión. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio obstaculiza su emisión denegando la exención de cómputo publicitario. No sólo niega el carácter de servicio público del anuncio, con lo que se impide su emisión gratuita, sino que además lo califica como publicidad política. Dicha calificación supone considerar ilegal la emisión por parte de cualquier canal de televisión (artículo 9. 1c ley 25/1994) y sancionable como infracción grave (artículo 20.2 de la misma ley).


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